Preguntas frecuentes
Préstamos para Iglesias
Los préstamos de GenFi están disponibles para iglesias y ministerios de las Asambleas de Dios dentro de los Estados Unidos. Para más información, ¡inicie una conversación con uno de nuestros consultores ministeriales!
Las tasas de interés de los préstamos de GenFi se adaptan a cada ministerio individual y se basan en una variedad de criterios de suscripción, incluyendo el historial financiero de la iglesia, el tipo de proyecto, el plazo y más.
Las tasas de los préstamos son ajustables con una revisión cada 3 años. Actualmente no ofrecemos préstamos a tasa fija.
No, en GenFi Ministries no hay penalidades por pagos anticipados.
Como práctica estándar, no existen pagos globales. Sin embargo, en ciertas circunstancias, puede requerirse un pago global.
Si su ministerio está refinanciando un préstamo existente, el préstamo será financiado en su totalidad al momento del cierre. Sin embargo, si su préstamo es para construcción o remodelación, el financiamiento se otorga de manera progresiva. Este es un gran beneficio para la iglesia, porque los pagos mensuales solo se cobran sobre el monto prestado en ese momento. El financiamiento progresivo también facilita el seguimiento de los proyectos completados y pagados, y asegura que el proyecto se finalice dentro del monto del préstamo.
Si solicita financiamiento adicional más allá de su solicitud original, debe presentar por escrito una solicitud de ampliación de préstamo junto con los estados financieros actuales. El comité de préstamos revisará su solicitud y, si se aprueba, los fondos se añadirán a su saldo de préstamo actual.
Se requiere que los oficiales de la iglesia firmen todos los documentos del préstamo, pero no se les requiere firmar como codeudores que garanticen el préstamo.
¡Sí!
Inversiones
Nuestras inversiones con acceso sin penalidad actualmente generan un 1.50% APR. Esta tasa de interés es variable y está sujeta a cambios. Le notificaremos antes de cualquier cambio en la tasa de acceso.
Para obtener tasas de rendimiento más altas, considere nuestras opciones de inversión a tasa fija.
Las tasas de interés se determinan por los términos de su inversión, no por la cantidad de dinero invertida.
Nuestro pagaré de acceso permite rescates sin penalidad (requiere un aviso por escrito de 30 días). Los pagarés de tasa fija se establecen con la intención de que los fondos permanezcan en la cuenta hasta su vencimiento. Actualmente, se pueden hacer rescates anticipados de estos pagarés con un aviso por escrito de 30 días, lo que resultará en una penalidad de seis meses de intereses.
Normalmente, sí, usted puede añadir a su(s) pagaré(s) de inversión en cualquier momento. Si por alguna razón su pagaré de inversión deja de aceptar aportaciones, le daremos un aviso con 30 días de anticipación.
Puede usar nuestra calculadora de interés compuesto para calcular las ganancias futuras. Incluso puede comparar el interés compuesto contra las aportaciones mensuales regulares a lo largo del tiempo.
Sus inversiones no están “garantizadas.” Las inversiones con GenFi Ministries no pueden estar cubiertas bajo el programa de seguros de la FDIC, porque GenFi Ministries es un ministerio, no un banco.
Los activos netos totales de GenFi Ministries superaron los 15 millones de dólares al 31 de diciembre de 2024. Consulte nuestro Circular de Ofrecimiento para más información.
Su inversión apoya la expansión de iglesias y ministerios de las Asambleas de Dios a través de nuestro programa de préstamos. Consulte nuestro Circular de Ofrecimiento para más información sobre nuestras actividades y el uso de los fondos cuando invierte con nosotros.
Sus beneficiarios deberán comunicarse con GenFi Ministries y proporcionar un certificado de defunción oficial. También deberán informar por escrito a GenFi Ministries si desean retirar el(los) pagaré(s) de inversión o mantenerlo(s) hasta su vencimiento.
Sí. Deberá proporcionar una copia de su acuerdo de fideicomiso o completar un formulario de Certificación de Acuerdo de Fideicomiso. GenFi Ministries requiere tener uno de estos documentos antes de poder establecer su pagaré de inversión a nombre de un fideicomiso.
IRA
Por favor revise nuestra tabla de tasas actual.
Traditional, Roth, Coverdell ESA, Custodial UTMA y SEP.
Traditional IRA: Las contribuciones a una Traditional IRA pueden ser deducibles de impuestos, y los intereses generados están diferidos de impuestos. Las distribuciones regulares de una Traditional IRA son gravables. Debe comenzar a tomar distribuciones después de los 73 años, pero si todavía está empleado, puede continuar haciendo contribuciones.
Roth IRA: Las contribuciones a una Roth IRA no son deducibles de impuestos, y los intereses generados están diferidos de impuestos. Las distribuciones regulares de una Roth IRA no son gravables. No está obligado a tomar distribuciones a los 73 años y puede seguir haciendo contribuciones mientras tenga ingresos. Su Roth IRA debe estar establecida por un mínimo de cinco años antes de que pueda tomar distribuciones libres de impuestos.
¡Sí! Puede tomar distribuciones sin penalidad de su Traditional IRA una vez que cumpla 59 años y medio. Para las Roth IRA, puede tomar distribuciones si tiene 59 años y medio y ha tenido su cuenta abierta por al menos cinco años. GenFi Ministries no aplica penalidades por distribuciones de IRA. Sin embargo, hay una penalidad de seis meses de intereses por transferir su IRA a otro custodio antes de que termine su plazo.
No. Las IRA deben mantenerse a nombre de un individuo. Si la persona está casada, el cónyuge normalmente es el beneficiario principal y el fideicomiso es el beneficiario contingente. Si la persona no está casada, el fideicomiso puede ser el beneficiario principal.
Una RMD es una cantidad de dinero que el IRS requiere que retire de una cuenta Traditional IRA una vez que cumpla 73 años. El monto en dólares se determina mediante un cálculo de su edad y el saldo final del año anterior.
403(b)
Empleados actuales de iglesias/ministerios de las Asambleas de Dios o un ministro de las Asambleas de Dios que sea trabajador por cuenta propia, con licencia o ordenado.
Si no es elegible para el plan de jubilación 403(b) de GenFi Ministries, puede ser elegible para una Cuenta Individual de Jubilación (IRA) de GenFi Ministries o para Inversiones Individuales.
Existen varios límites de aportación para el plan de jubilación 403(b). La cantidad que puede aportar es la menor entre su ingreso gravable o $23,500 (en 2025). Si tiene 50 años o más, su límite en 2025 es de $31,000, sujeto a su ingreso gravable. Hay otros límites basados en la edad y en las contribuciones del empleador. Comuníquese con GenFi Ministries para más detalles.
Sí, los ministros jubilados pueden potencialmente designar todo o parte de sus retiros como asignación de vivienda. (El formulario de Asignación de Vivienda debe ser presentado a GenFi Ministries antes del retiro).
Hay varios fondos de inversión para elegir. Uno de ellos es el Vision Fund ofrecido a través de GenFi Ministries. Este es el fondo utilizado para proveer préstamos a iglesias y ministerios de las Asambleas de Dios. También existen varias opciones de fondos mutuos ofrecidos por Envoy Financial. Puede ver las opciones de inversión actuales disponibles a través de Envoy Financial al hacer clic en este enlace.
Los estados de cuenta del 403(b) se envían mensualmente.
Para cuentas invertidas únicamente en el Vision Fund con un saldo de $2,000 o más, hay una tarifa mensual de $5. Para cuentas invertidas en fondos mutuos ofrecidos a través de Envoy Advisory, Inc., hay una tarifa mensual basada en porcentaje de 0.0267% (0.32% anual). Los fondos mutuos también pueden tener gastos subyacentes adicionales. Consulte el prospecto del fondo para más información.
Sí, si su plan actual permite tales transferencias y cumple con un evento detonante según lo definido por el IRS.
Las distribuciones están muy restringidas en los planes de jubilación 403(b). Para poder tomar una distribución, debe cumplir con un evento detonante según lo definido por el IRS. Los eventos detonantes son los siguientes: haber alcanzado la edad de 59 años y medio, separación del servicio, jubilación o fallecimiento.
Un plan de jubilación 403(b) es un plan patrocinado por el empleador y solo puede ser financiado a través de su empleador. Su empleador completa un Acuerdo de Adopción que determina quién es elegible para participar y qué tipos de aportaciones se harán al plan. Le permite ahorrar para la jubilación en una base antes de impuestos, y sus ganancias están diferidas de impuestos. Usted puede hacer aportaciones de diferimiento salarial desde su cheque de pago, y su empleador puede aportar en su nombre.
Sí. Solo notifique a su encargado de nómina.
Sí. Solo notifique a su encargado de nómina. Puede reanudarlas en cualquier momento contactando a su encargado de nómina.
Sí, siempre y cuando su nuevo empleador sea un empleador participante. Un empleador participante ha completado un Acuerdo de Adopción con GenFi Ministries.
El IRS aplica una penalidad del 6% sobre las contribuciones en exceso cada año. Es su responsabilidad y la de su empleador conocer cuáles son sus límites de aportación. Consulte la publicación 571 del IRS para más información en irs.gov.
Sí. Puede cambiar la asignación de fondos en cualquier momento. Comuníquese con GenFi Ministries para instrucciones específicas.
Existen reglas obligatorias de retención de impuestos que se aplican a las distribuciones de planes de jubilación patrocinados por el empleador. Si tiene menos de 59 años y medio, el IRS aplica una penalidad del 10% por distribución anticipada. Las distribuciones que califican para transferirse a otra cuenta de jubilación tienen una retención de impuestos federales del 20%. Usted puede calificar para tomar una distribución como Asignación de Vivienda si cumple con ciertos criterios. La declaración de Asignación de Vivienda otorga una exención de la retención obligatoria del 20% de impuestos. Sin embargo, usted es responsable de reportar la distribución y la cantidad gravable en su declaración de impuestos.
ESA y UTMA
Los límites de contribución son de hasta $2,000 por año, por niño.
Las contribuciones pueden hacerse hasta que el niño cumpla 18 años, y deben ser distribuidas antes de que cumpla los 30 años.
Cualquier persona puede contribuir a una ESA, incluyendo individuos, organizaciones y fideicomisos, siempre que sus ingresos estén dentro de los límites especificados.
Si los fondos en una Coverdell ESA no se utilizan para gastos educativos calificados y no se distribuyen antes de los 30 años, el saldo restante se grava como ingreso ordinario para el niño.
Sí, el beneficiario puede cambiarse a otro miembro de la familia del beneficiario, siempre que el nuevo beneficiario tenga menos de 30 años. El IRS clasifica como familia a los siguientes: el cónyuge del beneficiario original, hijos, nietos, hermanos, padres, sobrinos, sobrinas y parientes políticos, así como el cónyuge de cualquiera de estas personas.
Los rescates pueden hacerse en cualquier momento. Si queda un saldo sin usar una vez que el beneficiario cumpla 30 años, el saldo debe ser rescatado o transferido a un miembro de la familia que califique.
Los rescates deben usarse generalmente para gastos educativos calificados, como matrícula, cuotas, libros, materiales y equipo para escuela primaria, secundaria o educación postsecundaria. Los rescates para gastos no calificados están sujetos a impuestos y a una penalidad fiscal del 10%.
Un fideicomiso es un acuerdo legal en el cual los activos se mantienen para beneficio de otra persona (un menor, un adulto o varias personas) bajo los términos de una escritura de fideicomiso. El fideicomisario designado administra los fondos hasta que ya no pueda o no desee hacerlo.
Una cuenta custodial es una cuenta administrada por un adulto en beneficio de un menor. Una vez que el niño alcanza la mayoría de edad (entre 21 y 25 años), el hijo adulto obtiene control total de la cuenta.
En ambos casos, el custodio tiene la responsabilidad de administrar los fondos en el mejor interés del beneficiario. La diferencia principal es cómo se transfiere la responsabilidad al alcanzar la mayoría de edad.
Antes de la mayoría de edad, un custodio designado controla la cuenta. Una vez que el niño alcanza la mayoría de edad, él o ella asume el control de la cuenta.
Normalmente, sí, puede añadir a su(s) pagaré(s) de inversión en cualquier momento. Si por alguna razón su pagaré de inversión deja de aceptar aportaciones, le daremos un aviso con 30 días de anticipación.
Los pagarés de tasa fija se establecen con la intención de que los fondos permanezcan en la cuenta hasta su vencimiento. Normalmente, se pueden hacer rescates anticipados de estos pagarés con un aviso por escrito de 30 días, lo que resultará en una penalidad de seis meses de intereses.
Las tasas de interés se determinan por los términos de su inversión, no por la cantidad de dinero invertida.
La cuenta se transferirá al niño cuando alcance la mayoría de edad, entre los 21 y 25 años. El custodio elige la edad de mayoría de edad.
Si el niño fallece, los activos pasan a formar parte del patrimonio del niño.
Si el custodio fallece, el custodio sucesor se convierte en el responsable de la administración de los fondos.